Guía tributaria · Actualizado 2025

Cómo hacer el inicio de actividades en el SII

Sin inicio de actividades no existe empresa tributariamente. Es el primer paso y uno de los más importantes — si se hace mal, puede generar problemas que duran años.

¿Qué es el inicio de actividades?

El inicio de actividades es el trámite mediante el cual una empresa o persona se registra ante el SII como contribuyente activo. A partir de ese momento queda obligado a declarar impuestos, emitir facturas o boletas electrónicas y cumplir con todas las obligaciones tributarias que correspondan según su actividad.

Constituir una empresa en el Registro de Empresas y Sociedades (RES) o ante notario no equivale a hacer el inicio de actividades — son trámites distintos. Una empresa puede estar legalmente constituida pero tributariamente inexistente si no tiene inicio de actividades.

¿Cuándo hacerlo?

Debe hacerse antes de comenzar a operar, emitir documentos tributarios o realizar transacciones comerciales. Operar sin inicio de actividades es una infracción que puede derivar en multas y en problemas para validar el gasto ante el SII retroactivamente.

¿Qué se necesita?

Para una empresa (SpA, SRL u otra sociedad):

  • RUT de la empresa (ya asignado al constituir la sociedad).
  • Escritura de constitución o certificado del RES.
  • Clave tributaria del representante legal.
  • Definición del giro o actividad económica (código SII).
  • Domicilio tributario con respaldo (contrato de arriendo, escritura, etc.).
  • Declaración del capital inicial.

Decisiones importantes que se toman al inicio

El inicio de actividades no es solo un trámite — implica decisiones que afectan la tributación de la empresa durante años:

  • Régimen tributario: se elige entre 14A, 14D3 o 14D8 según conveniencia. Una mala elección puede costar impuestos innecesarios.
  • Actividades: el código de actividad determina qué declaraciones son obligatorias y cómo se clasifica el negocio.
  • Afecto a IVA: no todas las actividades están afectas a IVA. Declararlo incorrectamente genera problemas posteriores.
  • Sistema de contabilidad: completa o simplificada, según régimen y tipo de empresa.

¿Se puede hacer solo?

Técnicamente sí — el trámite puede hacerse en la página del SII. Pero la elección del régimen, la correcta declaración de actividades y la configuración inicial tiene consecuencias que se arrastran por años. Vale la pena hacerlo bien desde el principio.

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